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Régimen de convivencia como derecho constitucional y legal ineludible de niños, niñas y adolescente a mantener relaciones personales y directas con los padres cuando estos estén separados

dc.contributor.authorLisandra Bautista
dc.date.accessioned2024-03-15T15:06:45Z
dc.date.available2024-03-15T15:06:45Z
dc.date.issued2018-04
dc.description.abstractEl régimen de convivencia familiar entiende como el derecho que tienen los niños, niñas y adolescente de mantener contacto directo y personal con sus progenitores y familiares con quien no vive, este derecho es percibido a través de algún tipo de contacto directo y personal, con la excepción del interés superior del niño, niña y adolescente. Del mismo el Estado deberá garantizarle este derecho al niño de que el mantenga ese contacto frecuente con su padre. Progenitor que no posea la custodia del niño, niña y adolescente, este tendrá el derecho de llevarlo a un lugar diferente al de su residencia, siempre y cuando sea previamente autorizado. El juez o jueza deberá evaluar cada caso en particular, con el fin de proteger el interés superior del niño, niña y adolescente.
dc.identifier.urihttps://riujap.ujap.edu.ve/handle/123456789/9464
dc.subjectLEY/JURISPRUDENCIA::Divorcio
dc.subjectLEY/JURISPRUDENCIA::Derecho de niños niñas y adolescentes
dc.subjectLEY/JURISPRUDENCIA::Responsabilidad de crianza
dc.titleRégimen de convivencia como derecho constitucional y legal ineludible de niños, niñas y adolescente a mantener relaciones personales y directas con los padres cuando estos estén separados
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local.tgrado.tutorDilcia Herrera
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