Lennys JiménezGracia Villegas2024-02-262024-02-262019-06https://riujap.ujap.edu.ve/handle/123456789/8268El presente trabajo plantea una interpretación de la sentencia N° 794 del 31 de octubre de 2018, de la sala de casación social del Tribunal Supremo de Justicia, referida a la carga de la prueba del salario pactado en divisas, por lo que, se utiliza una metodología de tipo documental debido a la fuente que originó la información, lo cual se concluye que efectivamente existe una regla para la carga probatoria que, si bien la Ley sustantiva laboral establece, el tratamiento de la misma se ha llevado a cabo por criterios jurisprudenciales, de tal suerte que dependiendo de algunas condiciones o supuestos será obligación bien del trabajador o del patrono.Ahora, en lo que respecta al caso de estudio, es obligación del demandante demostrar que el salario ha sido pactado en divisas, por cuanto constituye un beneficio excepcional y exorbitante de las condiciones previstas en la ley.LEY/JURISPRUDENCIA::Derecho privado::Derecho laboralInterpretación de la sentencia N° 794 del 31 de octubre de 2018, de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, referida a la carga de la prueba del salario pactado en divisas