Karen MendozaVicent Jarmark2024-02-062024-02-062021-08-11https://riujap.ujap.edu.ve/handle/123456789/7001En el presente trabajo de grado, se plantea como objetivo general: “Analizar el ejercicio unilateral de la patria potestad por acuerdo entre los padres conforme las disposiciones de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y cuando uno de los padres no está presente de acuerdo con la Ley Sustantiva Civil”, Para su desarrollo se realizaron tres objetivos específicos a saber: 1) Enunciar, la conceptualización, el contenido, la titularidad y el ejercicio de la Patria Potestad, establecidos en la LOPNNA; 2) Establecer, la cesación de la Patria Potestad por causa de la extinción o privación, establecidas en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y la suspensión de está, conforme lo dispuesto en la Ley Sustantiva Civil Venezolana y, 3) Distinguir, la solicitud del ejercicio unilateral de la Patria Potestad por acuerdo entre los padres, conforme lo dispuesto en la LOPNNA y cuando uno de ellos no está presente, de acuerdo con la Ley Sustantiva Civil, con indicación de los efectos jurídicos de la decisión judicial. La metodología utilizada fue una investigación tipo jurídica dogmática - documental. Los resultados y conclusiones obtenidos fueron, que al analizar la patria potestad unilateral en la legislación venezolana, se determinó que aunque no se encuentra prevista como institución familiar, el Código Civil venezolano, y la jurisprudencia patria, ha establecido causales por las cuales alguno de los padres puedan ejercerla en forma legal, mediante el procedimiento de jurisdicción voluntaria establecido en la LOPNNA, para el disfrute pleno y efectivo de los derechos y garantía de los niños, niñas y adolescentes.LEY/JURISPRUDENCIA::Derecho de niños niñas y adolescentesEl ejercicio unilateral de la Patria Potestad por acuerdo entre los padres conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y cuando uno de los padres no está presente de acuerdo con la Ley Sustantiva Civil