Publicación:
Análisis la figura del delegado de prevención como mecanismo de consulta y participación de los trabajadores

dc.contributor.authorGerzer Salcedo
dc.date.accessioned2024-03-15T14:52:43Z
dc.date.available2024-03-15T14:52:43Z
dc.date.issued2016-03
dc.description.abstractLey Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo en su artículo 5 regula de forma detallada los derechos de consulta, participación y control de los trabajadores en relación con los aspectos que afectan a la seguridad y salud en el trabajo, estableciendo como mecanismo de participación y control social de estas condiciones, la elección mediante mecanismos democráticos, de delegados o delegadas de prevención, en todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones públicas y privadas. La participación de los trabajadores es un elemento importante en la gestión de la salud y la seguridad, es necesaria una estrecha colaboración los trabajadores y la dirección para encontrar soluciones conjuntas a problemas comunes.
dc.identifier.urihttps://riujap.ujap.edu.ve/handle/123456789/9460
dc.subjectLEY/JURISPRUDENCIA::Derecho privado::Derecho laboral
dc.titleAnálisis la figura del delegado de prevención como mecanismo de consulta y participación de los trabajadores
dspace.entity.typePublication
local.tgrado.tutorFélix Guillen
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