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El recurso de apelación con efecto suspensivo y su procedencia en audiencia preliminar tras la reforma del artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal (2021)

dc.contributor.authorStehfania Riera
dc.contributor.authorLuis Ardiles
dc.date.accessioned2023-09-18T13:35:31Z
dc.date.available2023-09-18T13:35:31Z
dc.date.issued2023-02-07
dc.description.abstractEl presente trabajo de investigación desarrolla un análisis jurídico procesal de lo que constituyen el Recurso de Apelación con Efecto Suspensivo y su innovadora procedencia en audiencia preliminar tras la última reforma del código orgánico procesal penal para el año 2021, así como las problemáticas que han surgido desde la incorporación de este método recursivo al proceso penal venezolano, conllevando diversos problemas de interpretación y aplicación en el litigio que aun considerando las diversas reformas de la norma no se ha erradicado esas controversias tales como desconocimiento de la procedencia, erróneas aplicaciones, el tipo de decisión que puede ser objeto de apelación por este especial medio recursivo, el acto procesal especifico en que se aplica, los presupuestos de procedencia, trámite procedimental a seguir, así también fuertes cuestionamiento sobre su improcedencia cuando se acuerda la detención domiciliaria del imputado, o el irreformable repertorio de delitos que validan su aplicación, manteniendo la oscuridad que lo ha caracterizado, entre otras cosas; incluso a pesar que la reforma trajo consigo la adoptabilidad exclusiva en la fase intermedia del proceso penal durante la celebración de la audiencia preliminar, así como el lapso especifico de tramitación, aún se mantienen las anteriores problemáticas que ha de ser abordadas en el desarrollo del presente trabajo de investigación; en tal sentido el trabajo aquí presentado tiene como objeto principal abordar las problemáticas planteadas y con ello no solo generar un aporte a tan complejo tema sino establecer un antecedente de investigación que sirva como base para el estudio y futuras reformas del artículo 430 que el legislador debe necesariamente tomar en cuenta para erradicar cualquier laguna jurídica que aún mantiene la norma, y VI con ello vislumbrar que la solución no termino con solo adoptarla para su interposición en la audiencia preliminar y establecer un lapso procesal especifico.
dc.identifier.urihttps://riujap.ujap.edu.ve/handle/123456789/360
dc.subjectLEY/JURISPRUDENCIA::Derecho procesal::Recurso de Apelación
dc.subjectLEY/JURISPRUDENCIA::Derecho público::Audiencia Preliminar
dc.subjectLEY/JURISPRUDENCIA::Derecho procesal::Libertad del Imputado
dc.subjectLEY/JURISPRUDENCIA::Derecho público::Efecto Suspensivo
dc.titleEl recurso de apelación con efecto suspensivo y su procedencia en audiencia preliminar tras la reforma del artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal (2021)
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local.tgrado.tutorTeresa Méndez
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