Publicación: La infertilidad y la reproducción humana asistida como axiomas de los derechos a la salud, la maternidad y la paternidad a la luz de la legislación venezolana
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2019-10
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Resumen
El Derecho a la Salud es un Derecho Humano consagrado en nuestra Constitución y acompañado con la determinación de que es responsabilidad del Estado crear las políticas públicas que garanticen este derecho. La infertilidad es una enfermedad reconocida por la Organización Mundial de la Salud, y los medios para tratarla constituyen la forma de obtener bienestar físico, mental y social. Así pues, las políticas de salud pública deben cubrir los métodos de Reproducción Humana Asistida como axioma del Derecho a la Salud y el Derecho a la Maternidad y la Paternidad. A pesar de que así lo señala el ordenamiento jurídico, no hay parámetros para que estas políticas se hagan efectivas, y en este aspecto surgen interrogantes como ¿Se vulnera el Derecho Constitucional a la Salud al no materializarse los tratamientos para la infertilidad y Reproducción Humana Asistida en el servicio público de salud?, ¿Son realmente factibles organizativamente estas políticas públicas? Y ¿Qué parámetros esenciales deberían seguir estas políticas para poder garantizar el Derecho Constitucional a la Salud en el contexto de la Infertilidad y la Reproducción Humana Asistida? Para dar respuestas se realizó un análisis descriptivo y cualitativo de la legislación venezolana en la materia para identificar el Derecho Constitucional a la Reproducción Humana Asistida y establecer algunos parámetros que podrían regir estas políticas públicas en aras de garantizar este derecho.
Palabras clave
LEY/JURISPRUDENCIA::Legislación, MEDICINA::Cirugía::Obstetricia y enfermedades de la mujer::Salud reproductiva