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Examinando por Autor "Melik Eisami"

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    Configuración de la pena de la Ley Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia
    (2018-11) Melik Eisami; Henry Rodriguez
    Es de todo punto razonable, que la lesión o peligro efectivo de bienes jurídicos, sean concretos o abstractos, debe ser bien definida por los núcleos típicos de estos delitos, pues conceptos o expresiones de contenido indeterminados, como es el odio, dan lugar a múltiples interpretaciones jurídicas que, eventualmente, pueden penalizar bagatelas jurídicas. A propósito de tal premisa, se realizó una investigación jurídica dogmática de carácter histórico e interpretativo, utilizando como método y técnica la exégesis o significado lógico-deductivo, desarrollada en tres fases. A partir de los resultados obtenidos, se extrajeron como corolarios parciales los siguientes: establecer el odio como delito es difícil jurídicamente, al ser un concepto que no se encuentra delimitado de manera específica; la configuración de la pena establecida en la Ley Constitucional Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia (LCCOCPT) no es proporcional a los hechos contenidos de manera tal en dicha ley; en los casos imputados por comisión de los delitos contemplados en la Ley Constitucional Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia desde su publicación, parecieran carecer de los elementos requeridos para ameritar la pena máxima de 20 años, según dispone el códice penal venezolano. Se concluye, afirmando que de acuerdo a la redacción de la LCCOCPT, se desprenden dos lecturas concluyentes: por un lado, sería inminente un verdadero caos jurídico, inseguridad jurídica e incremento absurdo de causas con la misma identidad subjetiva y fáctica y por otro, la posibilidad de millones de casos de fomento, promoción o incitación al odio que, conforme a la sana crítica de los jueces, haría que el régimen penitenciario colapsara debido a la necesidad de albergar durante largos período de tiempo una inimaginable cantidad de reos.
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