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Examinando por Autor "Juana Arocha"

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    Consecuencias que acarrea la omisión del cónyuge sobreviviente en el acta de defunción a efectos de la declaración sucesoral y su participación como heredero del causante
    (2018-02) Juana Arocha; Antony Izquier
    Para el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y El Registro Civil es de vital importancia, para el momento de la apertura de la sucesión definir la existencia o no de un cónyuge para establecer los parámetros de la repartición de bienes y derechos patrimoniales ya que aparte de los bienes y derechos patrimoniales pertenecientes a la comunidad conyugal existen derechos sucesorales para las personas llamadas a suceder de acuerdo a lo establecido en nuestro cuerpo normativo, el Código Civil el cual en este caso sería una sucesión ab intestato. Dicho esto, la omisión del cónyuge sobreviviente en el acta de defunción a efectos de la declaración sucesoral y partición de la herencia del causante limita el goce de la propiedad así como el disfrute de los bienes para el cónyuge sobreviviente y beneficiarios de la sucesión. Por lo tanto se tiene que establecer oportunamente la declaración de forma adecuada según lo verdaderamente dejado por el Causante y no pasar por encima de los derechos patrimoniales y/o sucesorales, en consecuencia, genera la falta de percepción de ingreso a los beneficiados como al fisco nacional, por tanto es de suma importancia conocer el significado y alcance de la omisión como figura extintiva de las obligaciones, por el vencimiento del lapso contenido en el marco legal aplicable al procedimiento sucesoral (180 días hábiles), por ello es necesario el conocimiento sobre los factores determinantes que influyen en la emisión correcta del acta de defunción, a fin de poder sentar precedentes que sirvan para la toma de medidas para combatir y evitar dicha situación por parte de los Registros Civiles y en consecuencia El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
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